Contingente arancelario
Accede a ventajas arancelarias y reduce tus costes de importación.
Los avales o seguros de caución para contingentes arancelarios permiten a las empresas importadoras beneficiarse de una medida excepcional: la posibilidad de introducir determinados productos en la Unión Europea con un arancel del 0%.
Este privilegio se concede únicamente a un volumen limitado de mercancía y durante un periodo concreto, por lo que las empresas deben cumplir requisitos estrictos y participar en un proceso de adjudicación.
¿Qué productos pueden beneficiarse?
Los reglamentos (UE) 2020/760 y 2020/761 establecen los productos que pueden acogerse a estos contingentes y los requisitos para los operadores. Entre ellos se encuentran:
- Aceite de oliva de Túnez
- Trigo blando de Estados Unidos
- Ajo fresco de Argentina
- Carne de vacuno de Canadá
- Setas procedentes de China.
Cada año, la normativa europea actualiza los productos y cantidades disponibles.
¿Por qué se exige un aval o seguro de caución?
Para optar al contingente arancelario, las empresas deben presentar una garantía asociada al certificado de importación. Esta garantía asegura que el operador cumplirá con las condiciones del contingente y evitará perjuicios económicos a la Administración en caso de incumplimiento.
El seguro de caución es la alternativa más eficiente para aportar esta garantía, ya que:
- No inmoviliza recursos financieros.
- No consume CIRBE.
- Tiene un coste mas competitivo que un aval bancario.
- Se tramita de forma ágil y flexible.
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